El pasado 28 de abril de 2022, el Juzgado de Primera Instancia N.º 3 de Navalcarnero dictó Sentencia favorable para uno de nuestros clientes, por la que se absuelve al mismo del pago de un crédito reclamado, dado que la demandante no informó nunca a la demandada de la gestión con el bien mueble entregado por ésta a la prestadora a cuenta del crédito adeudado, sin hacer constar precio ni posible venta de dicho bien, incumpliendo así las condiciones del contrato de préstamo y reclamando una cuantía que ya se encontraba saldada.
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